CIRCULAR 001-25 PY – DEFENSORIA LATAM

Implementación de la Defensoría del PENN Internacional – Nipponflex

La circular informa a los Distribuidores Independientes sobre la creación de la Defensoría del PENN Internacional, aprobada en la Asamblea Internacional de Graduados Nipponflex, con el fin de asegurar transparencia en los procesos de denuncia y el derecho a la defensa de todas las partes.

El procedimiento establece que las denuncias deben presentarse mediante el formulario oficial, debidamente firmado y acompañado de pruebas, y enviarse al correo de la Defensoría. Una vez recibida, la Defensoría confirmará la recepción en un plazo de siete días hábiles y dispondrá de otros siete para analizarla y comunicar su aceptación o rechazo. Si la información es insuficiente, el denunciante podrá completarla en un plazo adicional, de lo contrario la denuncia será archivada. En caso de ser aceptada, el denunciado será notificado y tendrá siete días hábiles para responder; si no lo hace, se considerarán válidos los hechos expuestos en la denuncia. Posteriormente, el caso será evaluado por un Comité Interno, que podrá convocar a las partes y directivos para escuchar sus argumentos, revisar pruebas y deliberar, fomentando incluso la posibilidad de un acuerdo. Cualquier decisión podrá ser apelada ante el Consejo del PENN (CPENN). Todo el proceso deberá resolverse en un máximo de 90 días y, si existen pruebas sólidas, podrá aplicarse un bloqueo provisional del código del denunciado mientras se garantiza su derecho a defensa. Durante todo el trámite, tanto denunciante como denunciado serán informados del avance del proceso.

La Dirección de Nipponflex reitera su compromiso con la ética y la transparencia, y se mantiene disponible para aclaraciones adicionales.